Son admitidas para su registro aquellas marcas que se puedan representar claramente y que puedan diferenciar un producto o servicio de otros:
- Nombres;
- Eslóganes;
- Palabras;
- Sonidos;
- Gustos;
- Sensaciones al tacto;
- Aromas;
- Apariencias de productos;
- Dispositivos;
- Hologramas;
- Colores;
- Formas con tres dimensiones.
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