Los solicitantes no pueden registrar las siguientes marcas:
- Marcas que atenten contra las normas morales o el orden público de Irlanda;
- Palabras o términos que tengan un significado amplio;
- Marcas que contengan nombres, banderas o símbolos de estados, naciones u organizaciones internacionales, salvo que las autoridades pertinentes hayan concedido una autorización para su utilización;
- Marcas que carezcan de diferenciación;
- Marcas que funcionen principalmente como nombres de lugares geográficos;
- Marcas que estén prohibidas en esta jurisdicción;
- Marcas que tengan la intención de engañar a los consumidores o al público;
- Marcas cuya solicitud de registro se realice de mala fe.
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