El período de gracia una vez pasada la fecha de renovación es de 6 meses. Si el titular no renueva la marca dentro de este período, el registro será omitido por la Oficina de Registro. Hay una penalización para las marcas registradas expiradas.
El período de gracia una vez pasada la fecha de renovación es de 6 meses. Si el titular no renueva la marca dentro de este período, el registro será omitido por la Oficina de Registro. Hay una penalización para las marcas registradas expiradas.
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